Vista parcial de la Aldea del Moro en el PN Sierra de Baza JOSÉ UTRERA

La Junta aprueba los nuevos instrumentos de gestión del Parque Natural Sierra de Baza

Desde el punto de vista normativo, el decreto aprobado deroga íntegramente los instrumentos anteriores y consolida un marco regulador claro, coherente y estable, alineado con el conjunto del ordenamiento jurídico estatal y europeo

JOSÉ UTRERA

BAZA

Viernes, 26 de diciembre 2025, 12:26

La Junta de Andalucía aprueba por decreto el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque ... Natural Sierra de Baza, se trata de una normativa largamente esperada que sustituye a otra calificada como demasiado rígida en muchos aspectos, sobre todo a la hora de rehabilitar las numerosas construcciones singulares que hay diseminadas en el parque natural.

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La Junta culmina por fin el proceso de revisión y actualización de los principales instrumentos de planificación de este espacio natural protegido, adecuándolos a la normativa vigente, a los requerimientos de la Red Ecológica Europea Natura 2000 y a las nuevas realidades ambientales, sociales y económicas del territorio.

El Parque Natural Sierra de Baza, situado al este de la provincia de Granada y lindante con la de Almería, forma parte del Sistema Penibético y constituye una auténtica isla bioclimática entre la Hoya de Guadix-Baza y los Llanos del Marquesado. Declarado parque natural en 1989, fue reconocido posteriormente como Zona Especial de Conservación en 2012, bajo la denominación ZEC Sierra de Baza. Esta doble figura de protección integra al parque en la Red Natura 2000 y refuerza su papel dentro de las políticas europeas de conservación de la biodiversidad.

Los nuevos planes sustituyen a los aprobados en 2004 y sus posteriores modificaciones, desfasados tras más de dos décadas de aplicación. Su elaboración responde al compromiso de actualizar la ordenación y la gestión del parque conforme a la ley estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, así como a las directrices europeas en materia de conservación, simplificación administrativa y transparencia. Además, ambos documentos tienen la consideración de Plan de Gestión de la ZEC Sierra de Baza, integrando en un único marco normativo las obligaciones derivadas de las distintas figuras de protección que concurren en el territorio.

El ámbito del Parque Natural Sierra de Baza abarca una superficie de 53.636 hectáreas repartidas entre los términos municipales de Baza, Caniles, Dólar, Gor y Valle del Zalabí. Se trata de un espacio eminentemente forestal, ya que el 93% de su extensión está ocupada por montes, con una clara vocación conservacionista orientada a frenar la erosión, evitar la pérdida de suelo y garantizar la estabilidad de los ecosistemas. Al mismo tiempo, el parque acoge aprovechamientos tradicionales ligados al medio natural, como la ganadería extensiva, la actividad cinegética, la recolección de plantas aromáticas, la apicultura o los aprovechamientos micológicos, que forman parte del equilibrio entre conservación y desarrollo sostenible del territorio.

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La nueva planificación mantiene la zonificación ya existente, adaptándola a los criterios actuales de gestión. Las zonas de mayor valor ambiental, que requieren un nivel de protección especial por su singularidad, fragilidad o relevancia ecológica, conviven con amplias áreas forestales donde se desarrollan aprovechamientos compatibles con la conservación, así como con espacios más transformados y los núcleos de población incluidos en el ámbito del parque.

Conservación de flora y fauna

Un aspecto relevante de los nuevos planes es la identificación y diagnóstico de las prioridades de conservación, un requisito establecido por la normativa europea. En el caso de Sierra de Baza, se presta especial atención a las formaciones forestales de pino salgareño y pino silvestre, a los tejos y acerales, a los matorrales y tomillares de alta montaña, a los prados de media y alta altitud y a los ecosistemas fluviales. Junto a estos hábitats, se consideran prioritarias diversas especies de fauna de interés comunitario, como determinadas aves esteparias, rapaces rupícolas y los refugios de quirópteros cavernícolas, todos ellos especialmente sensibles a las alteraciones del medio.

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Los planes incorporan también contenidos que no estaban presentes en la ordenación anterior, como la conectividad ecológica, los servicios ecosistémicos o el análisis de los efectos del cambio climático sobre los hábitats y especies más vulnerables. En este sentido, la planificación apuesta por mejorar la resiliencia y la capacidad adaptativa de las masas forestales frente al cambio global, abordando de manera integral problemas como el decaimiento forestal y el riesgo de incendios, que figuran entre las principales amenazas del espacio natural.

Más agilidad

La simplificación administrativa constituye otro de los ejes del nuevo marco normativo. En línea con las exigencias de la Comisión Europea y la legislación sobre libre acceso a las actividades de servicios, se introduce un régimen de intervención más proporcionado, que distingue entre aquellas actuaciones que requieren autorización previa y aquellas que, por no suponer un riesgo para los valores protegidos, quedan sujetas únicamente a comunicación.

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El Plan Rector de Uso y Gestión establece, además, un conjunto de medidas destinadas a alcanzar los objetivos fijados en ambos documentos, cuyas necesidades de financiación se recogen en el Marco de Acción Prioritaria 2021-2027. Estas actuaciones están orientadas a la conservación de hábitats y especies, a la mejora de la conectividad ecológica mediante la reducción de efectos barrera, y al avance en el conocimiento científico del espacio natural y de los impactos del cambio climático.

La planificación incorpora igualmente un sistema de indicadores que permitirá evaluar de forma continua el grado de cumplimiento de los objetivos y el nivel de ejecución de las medidas previstas. Este seguimiento resulta especialmente relevante en un espacio donde el predominio de la propiedad pública, que alcanza el 70% de la superficie, facilita la implementación de las actuaciones de conservación y gestión previstas en los planes.

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Desde el punto de vista normativo, el decreto aprobado deroga íntegramente los instrumentos anteriores y consolida un marco regulador claro, coherente y estable, alineado con el conjunto del ordenamiento jurídico estatal y europeo. El texto ha sido elaborado respetando los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, y ha contado con los correspondientes procesos de participación pública, audiencia a los ayuntamientos y consulta a los agentes sociales e institucionales implicados, así como con el informe de la Junta Rectora del Parque Natural.

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