La Audiencia Provincial archiva definitivamente una causa contra el ex Alcalde de Castril, José Juan López Ródenas
El ex alcalde emprenderá ahora acciones judiciales, entre otros, contra Miguel Pérez Jiménez (Nuevo Castril) y Alicia López Moreno (IU), por injurias, calumnias y denuncia falsa. La Audiencia Provincial ha acordado desestimar el recurso interpuesto por el actual Alcalde de Castril, Miguel Pérez, y confirmar el archivo provisional acordado en las presentes diligencias seguidas ante el Juzgado de Instrucción de Huéscar en el Auto dictado el 14 de enero 2015 contra el ex alcalde socialista José Juan López Rodenas.El Juzgado de Instrucción de Huéscar, que realizó la investigación de la denuncia, ya la había archivado en dos ocasiones. Con dicho archivo también mostró su conformidad el Ministerio Fiscal.
JOSÉ UTRERA
Viernes, 15 de abril 2016, 12:03
No obstante, se interpuso un recurso de reforma y de apelación en nombre de Miguel Pérez Jiménez, actual Alcalde de Castril, en contra del archivo e interesando su revocación.El ex alcalde del PSOE ha manifestado que "Tras más de cuatro años de calvario en los Juzgados, con mi nombre y mi honor ensuciado y vilipendiado en los medios de comunicación, la Audiencia Provincial confirma lo que ya dijo el Juez Instructor y ha archivado de forma definitiva la causa seguida contra mí, por supuestos delitos de prevaricación, falsedad documental, malversación de fondos, entre otros".José Juan López Rodenas, confía que como ha sucedido con la denuncia ahora archivada definitivamente, el resto de las denuncias, archivadas en primera instancia y recurridas por el actual alcalde, sean también archivadas de forma definitiva, 'pues todas ellas están basadas en una auditoría ilegal encargada por el propio Miguel Pérez."Tal y como siempre he mantenido" argumenta el ex edil socialistas, "la Audiencia Provincial ha reconocido que las obras objeto de la denuncia están realizadas, que el expediente administrativo se tramitó con pública licitación y que los reproches que hacen los apelantes de que era una obra innecesaria y "antieconómica", ni es cierto, ni constituye delito, ni se antoja perjudicial, ni precisa de "catas" periciales, pues no será posible ni necesario, transcurridos más de siete años del primer arreglo del camino, saber si era o no conveniente esa actuación".
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