

Secciones
Servicios
Destacamos
JOSÉ UTRERA
Jueves, 20 de marzo 2014, 11:48
Junto al ex alcalde y actual portavoz del grupo municipal socialista en el Ayuntamiento poblato, también han sido absueltos el aparejador municipal y el arquitecto del proyecto. Distinta suerte ha corrido el promotor de las construcciones J. L.C.M que ha sido condenado como autor de un delito contra la ordenación del territorio, a las penas de 18 meses de prisión con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho a sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 18 meses con una cuota diaria de 8 euros.y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas. También ha sido inhabilitado para el ejercicio de la profesión de promotor por un periodo de 18 meses. En su fallo el juez ordena que con cargo al promotor condenado se realice la demolición íntegra de una de las edificaciones construidas la que ocupa la parcela 260, subparcela B. Tras conocer la absolución Jesús Amurrio, ha precisado que ?el problema estaba en un informe de un técnico de la Delegación de Obras Publicas, que interpreta que el proyecto para la construcción de casas rurales, el cree que son viviendas unifamiliares. Pero el juez en su sentencia, califica que se trata de una interpretación subjetiva que no esta justificada con leyes o normativa?. Jesús Amurrio estaba tan seguro que había obrado bien que durante la celebración del juicio no se busco excusas y declarado que autorizó la construcción de unas casas rurales en terrenos del paraje de las Huertas, porque entendía que el proyecto contribuiría a favorecer el turismo y la creación de empleo y no se trataba de viviendas unifamiliares. La sentencia indica que el ex alcalde, ? No es cierto, que desvirtuara informe alguno. Y en todo caso está plenamente acreditado que tras él tomó la palabra la secretaria del Ayuntamiento, informando al pleno del contenido y alcance del informe de la Delegación de Obras Publicas. No advirtiéndose en modo alguno una actitud de Jesús Amurrio tendencialmente dirigida a torcer o dirigir la voluntad del pleno municipal, más allá de lo que cabe estimar habitual en el ámbito de la política municipal?. La Sala de la Sección Primera de la Audiencia Provincial, tampoco ve responsabilidad del ex alcalde por otorgar licencia de primera ocupación de una de las edificaciones, pues es una mera consecuencia del visto bueno de los técnicos de que la obra se ajustaba al proyecto, incluida la extensión máxima dedicada en pleno el 23 de julio del 2004. La sentencia no es firme y puede presentarse recurso de casación ante la Sala Segunda del tribunal Supremo.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Circula sin dos ruedas, en sentido contrario y triplica la tasa de alcohol
El Norte de Castilla
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
España vuelve a tener un Mundial de fútbol que será el torneo más global de la historia
Isaac Asenjo y Álex Sánchez
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.